Ayer viernes el Grupo Parlamentario Plurinacional Sumar presentamos un proyecto de ley para garantizar la protección internacional de los solicitantes de asilo “incluso fuera del territorio español” —por ejemplo, en aguas internacionales o territorios fronterizos— siempre que se encuentren bajo la autoridad efectiva española, reducir los tiempos de espera para agilizar las solicitudes de asilo y regularlas por la vía diplomática para fortalecer el canal de su tramitación.

Lo que proponemos es la modificación de tres artículos (el 16, el 17 y el 38) de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, amparándonos en que las autoridades internacionales no impiden que cada estado establezca un marco de protección más elevado.
El 16 presenta, actualmente, esta redacción: “Las personas nacionales no comunitarias y las apátridas presentes en territorio español tienen derecho a solicitar protección internacional en España“. Desde el GP Plurinacional Sumar se quiere incluir a las personas “que se encuentren bajo control efectivo de las autoridades españolas” en el grueso de casos que pueden acogerse a esa protección internacional.
El artículo 17, por su parte, es el que tiene que ver con la presentación de la solicitud de asilo, que tiene que modificarse para “reducir los tiempos de espera” y “ampliar las vías para obtener el reconocimiento de la protección internacional”. Queremos avanzar en estos términos para dar cumplimiento a la trasposición de la directiva 2013/32 de la Unión Europea, que regula los procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacional.
Con la modificación del 38, por último, se busca regular las solicitudes de asilo porvía diplomática “estableciendo un canal seguro para su tramitación y contando con la asistencia de las entidades de atención humanitaria, que podrán aportar su valoración de los riesgos de seguridad que sufren las y los solicitantes”.